Préstamos cualificados para vivienda protegida

Estos créditos a 20 años carecen de comisión de apertura y el interés anual, fijado por Fomento, permanece en el 4,45%

El Euribor descendió hasta el 2,703% en enero de 2003, según el Banco de España. De ahí que muchos ciudadanos que acceden a la compra de una vivienda de protección pública en Madrid se pregunten por qué la financiación de este tipo de inmuebles permanece en el 4,45% de interés efectivo anual.

La respuesta a este interrogante se contesta tras conocer cuáles son las peculiaridades de los préstamos cualificados, que es cómo se denominan las hipotecas destinadas a la adquisición de viviendas de protección pública (VPP).

Las condiciones de las ofertas hipotecarias tradicionales las marcan las entidades financieras en un entorno de competencia y según la evolución mensual de los índices hipotecarios.

En cambio, las condiciones crediticias de la financiación de la VPP están reguladas por el Gobierno central y por los convenios firmados con las diferentes comunidades autónomas.

TIPOS TUTELADOS

Los préstamos cualificados permiten financiar hasta el 80% del precio máximo legal de la VPP, carecen de comisiones de apertura y de cancelación y se contratan a un plazo de 20 años.

Sin embargo, la característica más importante es que el tipo de interés efectivo anual vigente está tutelado por el Ministerio de Fomento.

«Estos préstamos son baratos, pues el comprador se ahorra el pago de una comisión de apertura. El interés anual no varía durante la vida del crédito –salvo que lo modifique Fomento–, lo que permite al particular blindarse contra las variaciones al alza de los tipos hipotecarios», explica Jaime Langre, director de promociones inmobiliarias de Banesto.

Este experto matiza otro dato relevante: el hecho de que el plazo de amortización sea de 20 años implica un mayor tipo de interés de partida, aunque siempre por debajo de las condiciones ofrecidas en las hipotecas tradicionales para dicho vencimiento.

Esto es así porque el cálculo de este tipo efectivo se realiza por Fomento, tras ponderar a la baja las diferentes ofertas competitivas del mercado español.

REVISIÓN ANUAL

«El interés anual resultante para VPP –situado en el 4,45% desde abril de 2002– se volverá a revisar por Fomento durante el primer trimestre de cada año del Plan de Vivienda 2003-2005, o bien se modificará por el Gobierno, con carácter excepcional, para adecuarlo a la actual coyuntura de tipos», indican desde Cajamadrid.

El precio máximo legal del módulo de VPP para un piso protegido igual o menor a 110 metros cuadrados en Madrid capital está en 1.040,42 euros.

El banco, por tanto, concederá a los solicitantes de un préstamo cualificado hasta 91.556,96 euros de financiación –el 80% del valor del inmueble–, con lo que la cuota será de unos 576,76 euros mensuales.

Si la familia que cumple los requisitos establecidos en el Plan de Vivienda 2001-2004 de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) –nivel de rentas, no poseer casa en Madrid, etc.– no puede afrontar el pago de la entrada del piso o bien el esfuerzo del recibo mensual es elevado, la CAM contempla una serie de ayudas destinadas a cubrir estas carencias económicas.

Ayudas adicionales para comprar VPP

El principal requisito para acceder a una vivienda protegida en Madrid es ganar menos de 33.055,67 euros anuales. Pero, además, las familias con más dificultades económicas pueden percibir ayudas directas de la Comunidad para sufragar parte de la compra del piso o para amortiguar el impacto del recibo de la hipoteca.

Estas ayudas –sujetas siempre a la compra de VPP de menos de 110 m2– son más elevadas cuanto menor capacidad de ingresos tenga el solicitante y cuando coincidan una serie de condiciones personales especiales (familia numerosa, discapacitados, traslado laboral, …).

En primer lugar, la CAM concede una subvención del 5% del precio de compra del piso para los ciudadanos que ingresen menos de 21.035,42 euros anuales. Aparte, el particular deberá elegir entre dos ayudas adicionales, según una escala de renta establecida, en la cual se favorecen las condiciones especiales antes descritas.

En concreto, otra subvención –que llega en ciertos niveles de renta bajas hasta el 15% sobre el 80% del precio del piso– u optar por un subsidio –de hasta el 15% de la cuota durante 15 años– para minorar los recibos del préstamo cualificado.

Extraido del suplemento «Su vivienda» nº 288 del diaario «El Mundo»

Muchas gracias a cesar por la información

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